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Consejo Andaluz

Formación de Trabajo Social

miércoles 10 de agosto de 2022 CATS

Los Colegios Profesionales/Oficiales de Trabajo Social de Andalucía al igual que el Consejo Andaluz, somos corporaciones de derecho público, siendo una de nuestras actividades principales la formación ajustada a profesionales, realizando una labor de reciclaje y de especialización continuada.

Los cursos ofrecidos son supervisados y gestionados por profesionales que atienden a la demanda formativa tanto de personal de la Administración como de asociaciones o entidades privadas. Hacemos mención de legislación vigente sobre estos aspectos:

- Ley Estatal de Colegios Profesionales: Ley 2/1974, de 13 de febrero.

Artículo 5.

j) Organizar actividades y servicios comunes de interés para los colegiados, de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial y de previsión y otros análogos, proveyendo al sostenimiento económico mediante los medios necesarios.

- Ley 10/1982, de 13 de abril, de creación de los Colegios Oficiales de Asistentes Sociales.

Artículo. primero. Se crean los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales como Corporaciones de Derecho Público, con personalidad Jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

- Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía.

CAPITULO III Fines, funciones y deberes Artículo 17. Fines. Son fines esenciales de los colegios profesionales:

o) El perfeccionamiento de la actividad profesional y la formación permanente de los colegiados.

- Orden de 13 de enero de 2021, por la que se regula la homologación de acciones formativas en el ámbito del Instituto Andaluz de Administración Pública.

Artículo 2.

Promotores de formación. Tendrán la consideración de promotores de formación y podrán solicitar la homologación de acciones formativas las instituciones, Administraciones Públicas y entidades que se señalan a continuación:

f) Los colegios profesionales, legalmente constituidos, cuyos respectivos ámbitos territoriales estén comprendidos dentro del propio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como los Consejos Andaluces de Colegios Profesionales, siempre que las acciones formativas promovidas se refieran a materias o áreas de conocimiento propias de su actividad profesional de que se trate.

Por su parte, nuestros programas formativos están avalados por diferentes convocatorias de procesos públicos.

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