Renta garantizada de ciudadanía
Con la aprobación del Reglamento, por el que se regula la renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León, se pone en marcha la tramitación de la prestación
El pasado 30 de agosto se aprobó la Ley por la que se determinan las condiciones de acceso a la renta garantizada de ciudadanía. Se trata de una prestación de carácter social, dirigida a garantizar la cobertura de las necesidades básicas de subsistencia a aquellos ciudadanos de Castilla y León que se encuentren en una situación de dificultad personal y social.
Esta prestación, que sustituye a la de Ingresos Mínimos de Inserción, tiene en cuenta la evolución de la realidad social y la aparición de nuevas situaciones de necesidad dando respuesta a todas ellas. Con la aprobación del Reglamento que regula el procedimiento administrativo para el reconocimiento del derecho a percibir la renta garantizada de ciudadanía, los ciudadanos pueden solicitar dicha prestación.
Los solicitantes pueden ser los ciudadanos de Castilla y León que tengan residencia legal y estén empadronados al menos con un año de antelación a fecha de presentación de la solicitud, tengan una edad comprendida entre los 25 y 64 años inclusive, salvo excepciones y carezcan de medios económicos y patrimoniales suficientes.
Se considera beneficiarios de la prestación a los solicitantes y a los miembros de su unidad familiar o de convivencia.
El importe de esta prestación puede alcanzar una cuantía entre el 80% y el 130% del IPREM, en función del número de miembros de la unidad familiar o de convivencia.
Mas informacion en la página de la Junta de Castilla y León
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