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Granada

DISCONFORMIDAD CON LA ACTUAL COMPOSICIÓN DE LOS EQUIPOS DE SALUD DE VIOLENCIA DE GÉNERO

jueves 25 de marzo de 2021 Cots Granada

La Comisión de Salud del Colegio Oficial de Trabajo Social de Granada, manifiesta su desacuerdo con la actual composición
de los equipos de salud de Violencia de Género y exige la reformulación del protocolo Andaluz par ala actuación sanitaria de 2020 sobre la intervención profesional del Trabajo Social en los Centros Sanitarios.

Desde la creación de los Equipos de Salud de Violencia de Género en el SAS el pasado año 2020, el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Trabajo Social realizó una primera valoración de los mismos indicando que no suponían ninguna mejora en la atención a las víctimas de violencia de género, sino que obligaban a éstas a peregrinar por un nuevo servicio informando de su difícil situación, con la consiguiente victimización secundaria de todas las víctimas (mujeres, hijas, hijos y personas mayores).

A pesar de ello, se implantaron ocho equipos provinciales y, a finales de 2020, se han implantado otros dos equipos más en las zonas básicas de salud (ZBS) rurales, uno en el Área de Gestión Sanitaria Sur de Granada y otro en el Área de Gestión Sanitaria Granada-Metropolitano, que suponen en el medio rural a causa de la amplia dispersión geográfica que obliga a las víctimas a desplazarse a otros municipios que distan bastantes kilómetros de su domicilio para poder recibir la atención de estos equipos, en muchas ocasiones sin medios de transporte propios.

Además, todos estos equipos carecen de profesionales en derecho, ni psicología cuyos equipos cuentan con un único profesional de Trabajo Social y dos de enfermería, sin haber podido acreditar previamente a su contratación, una especialización ni experiencia profesional en atención a víctimas de violencia de género, lo cual es imprescindible para poder proporcionar una atención integral y de calidad.
Por todo ello, entendemos que se infringen el derecho de todas las víctimas a la atención especializada que según la ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, recoge que:
«se establecen igualmente medidas de sensibilización e intervención en el ámbito sanitario para optimizar la detección precoz y la atención física y psicológica de las víctimas, en coordinación con otras medidas de apoyo».

En el artículo 19, apartado 2 de la citada ley, se recogen explícitamente las áreas de atención concretas, para considerar que el derecho de las víctimas es prestado con la adecuada multidisciplinariedad:
«2.la atención multidisciplinar implicará especialmente:
información a las víctimas, atención psicológica, apoyo social, seguimiento de las reclamaciones de los derechos de la mujer, apoyo educativo a la unidad familiar, formación preventiva en los valores de igualdad dirigida a su desarrollo personal y a la adquisición de habilidades en la resolución no violenta de conflictos y apoyo a la formación e inserción laboral.»

Esta multidisciplinariedad en la atención integral referida no es aleatoria, ni al azar de cada institución, sino que se rigen por ella, por ejemplo, los equipos multidisciplinarios en la atención a la violencia de género del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), que están conformados principalmente por profesionales del Trabajo Social, del derecho y psicología, que trabajan en coordinación con otros sistemas de protección, como los servicios sociales, sanitarios, de educación, de menores y de orientación laboral, tal y como también se intervienen desde los Centros de Información a la Mujer (CIM) dependientes del propio IAM o de las corporaciones locales. En este sentido, los nuevos equipos de violencia de género del SAS suponen una duplicidad de estos recursos o servicios y sin los y las profesionales especializados para llevar a cabo esta actividad.

Además, desde el punto de vista organizativo, siguiendo lo expuesto en el protocolo de actuación sanitaria sobre violencia de género de 2020, se expone la «necesidad de la valoración del trabajador social, una vez detectados los indicadores de riesgo en consulta clínica», y se especifica que se ha de «comunicar la situación al personal de Trabajo Social del centro» (de salud) y por otra parte se contradice al establecer que ante la presencia de un equipo de referencia de violencia de género, será este equipo de violencia de género, (que en el medio rural se encuentra en otro municipio bastante distante geográficamente), el que preste la atención y no el trabajador social de su centro de salud.

Por todo ello, en primer lugar, pedimos el replanteamiento de los equipos de violencia de género, en tanto que más que una herramienta pueden ser un obstáculo para las mujeres víctimas de violencia de género. exigimos que para el abordaje de los casos de violencia de género en el ámbito sanitario, se integren profesionales especializados y debidamente cualificados en psicología, derecho, Trabajo Social y profesionales asistenciales sanitarios, así como una nueva redacción del texto del protocolo andaluz para la actuación sanitaria ante la violencia de género de 2020, solicitando que se ajuste al cumplimiento de la ley orgánica 1/2004, así como a las recomendaciones de derivación de todos los casos detectados de violencia de género a los y las profesionales de Trabajo Social de los centros de salud, como profesionales y centros próximos y cercanos para la valoración social inicial y de riesgo de las víctimas, y posteriormente la derivación a otros servicios requeridos para prestar una adecuada atención de calidad y por profesionales del propio entorno social y comunitario de las víctimas.

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