Consideraciones desde el Trabajo Social al Real Decreto-ley 3/2021
Hemos realizado un análisis del Real Decreto-Ley 3/2021 que fue aprobado por el Consejo de Ministros el día 2 de febrero. Dicho Real Decreto-Ley incluye medidas tales como la moratoria de las hipotecas, reconocimiento de enfermedad profesional a las y los profesionales de centros sanitarios y socio sanitarios contagiadas de Covid19 (art. 6) y en particular medidas para reforzar el Ingreso Minino Vital (IMV).
CONSIDERACIONES DESDE EL TRABAJO SOCIAL AL REAL DECRETO-LEY 3/2021, DE 2 DE FEBRERO, MEDIDAS PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO Y OTRAS MATERIAS EN LOS ÁMBITOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ECONÓMICO
Concluimos en este informe que es urgente y necesario que se avance hacia una prestación de derecho subjetivo, no contributiva, incondicional y universal dirigida a toda la ciudadanía, es decir la Renta Básica Universal. Reconocemos y suscribimos la importancia de la acción protectora del Sistema de la Seguridad Social como prestación económica en su modalidad no contributiva, y seguimos considerando que cualquier tipo de tramite ha de ser gestionado a través de la Seguridad Social.
Es un momento crucial para poder contener las cifras estructurales de vulnerabilidad socio económicas. Desde la implantación hace 9 meses del Ingreso Mínimo Vital esta prestación no está llegando a todas las personas que lo necesitan, la gestión no es acorde a la urgencia del momento y es preciso mejorar y resolver la agilidad de su tramitación. Uno de los retos estratégicos fundamentales para las personas en situación de vulnerabilidad es recortar procedimientos, eliminar lo dispensable de todo procedimiento administrativo, al objeto de reducir al máximo el tiempo de resolución y de implementación de esta prestación.
Desde la responsabilidad profesional, seguiremos realizando las tareas que la legislación nos encomiende, aunque no podemos dejar de señalar que dichas tareas generan sufrimiento añadido a la ciudadanía y nos colocan en un rol de control que nada tiene que ver con nuestra profesión. Aunque pongamos voz para alertar y denunciar esta situación y digamos cuál es su solución, estaremos al lado de las personas más vulnerables.
Se debe garantizar la responsabilidad pública en las prestaciones sociales básicas. En todo caso la participación del Tercer Sector en la prestación debe estar sujeto al control del sector público y en ningún caso el Tercer Sector debe constituirse en un sistema paralelo. Entendemos que de manera transitoria estas entidades puedan acreditar situaciones de vulnerabilidad, recalcando la excepcionalidad y la temporalidad a los cinco años que se establece.
En cable profesional e institucional es oportuno que valoremos que se les confiere a los y las trabajadoras sociales un papel relevante respecto a la garantía de la atención y la acreditación. El Real Decreto-Ley prevé la salvaguarda de la ciudadanía en la exigencia de la colegiación y su vinculación a los Colegios Profesionales.
Informe y análisis completo:
www.cgtrabajosocial.es/app/webroot/files/consejo/files/Consideraciones%20IMV%20CGTS%2016.02.2021.pdf
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