II Taller de La Ley de Función Pública
El Consejo General del Trabajo Social ha elaborado un informe donde se recoge los trabajos que se vienen realizando dentro de la estructura colegial, con el objetivo de identificar la situación actual y establecer una línea de trabajo con los Colegios para desarrollar la estrategia conjunta.
Este taller es el segundo que realizamos, el primero fue el 18 de abril de 2023. En él se presentó el informe elaborado por el Consejo General con las aportaciones y colaboraciones del Consejo General del Trabajo Social, los Consejos Autonómicos y los Colegios Oficiales. Con la base de este informe se planteó a los Colegios tres líneas de trabajo:
TRABAJO CONJUNTO CONSEJOS- COLEGIOS
- Compartir el informe y los argumentarios. Para ampliar
argumentarios más allá de la categoría profesional, brecha salarial, perspectiva salarial, calidad atención, formación, convocatorias de oposiciones.
- Envió de un cuestionario para recabar datos e información.
- Plantear conjuntamente el desarrollo de la estrategia.
INCIDENCIA POLÍTICA
- Valorar la estrategia de incidencia política. Normativas en CCAA en proceso de desarrollo. Identificar interlocutores directos a quienes trasladar la situación.
- Establecer alianzas: administración, sindicatos, otros colectivos
profesionales.
- Cada Colegio Profesional valorar la posibilidad de revisar programas electorales para incluir las demandas de la profesión.
COMUNICACIÓN
- Poder diseñar una estrategia como profesión. El objetivo del taller de hoy es seguir avanzando en estas cuestiones para posteriormente desde la Junta de Gobierno del Consejo General estructurar una estrategia a nivel de todo el territorio, que sería
complementaria con los Colegios con los distintos gobiernos autonómicos.
La clasificación profesional de los y las funcionarias y del personal laboral al servicio de las administraciones públicas se regula con carácter general en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En él se establece que los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, recogiéndose que para el acceso al Grupo A se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. El Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), regulado por el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, establece 4 niveles de educación:
Nivel 1: Técnico Superior
Nivel 2: Grado
Nivel 3: Máster
Nivel 4: Doctor
El Real Decreto núm. 55/2005, de 21 de enero, establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios universitarios oficiales de Grado y el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, determinó, entre otras cosas, las directrices para el diseño de los títulos de Grado. Por ello, en la actualidad el Trabajo Social es un título universitario oficial de Grado, debiendo de aparecer el Trabajo Social en el Grupo A, Subgrupo 1.
En este sentido los y las profesionales del Trabajo Social, a pesar de estar en posesión del título universitario de grado, fuimos incardinados/as en 2007 y con carácter transitorio (hasta que se generalizaran las titulaciones del plan Bolonia, decía el propio Estatuto) en el subgrupo A2. Esto nos hace sufrir un techo de cristal en nuestra carrera profesional que no tienen otros graduados/as procedentes de antiguas titulaciones de
licenciatura. Habiendo transcurrido ya más 15 años, afirmamos que el plan Bolonia está plenamente consolidado, por lo que es imperiosa la necesidad de que la administración adecúe su estructura a estas nuevas titulaciones que permitan a los/las profesionales con título de Grado en Trabajo Social acceder a los puestos de mayor nivel de responsabilidad existentes en las diferentes Administraciones Públicas, es decir, niveles 27 al 30.
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