SIMPLIFICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SERVICIOS SOCIALES CON LISTAS DE ESPERA EN DEPENDENCIA PARA EL ACCESO A LOS RECURSOS POR PARTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
NUEVA NOTA DE PRENSA EMITIDA POR EL CONSEJO ANDALUZ SOBRE LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA CIUDADANÍA, PRODUCIDA EN EL DECRETO-LEY 3/2024 DE 6 DE FEBRERO.
Con la aprobación del Decreto-ley 3/2024 del 6 de febrero, en el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa se vulneran los derechos de la ciudadanía ya que la simplificación no puede ser aplicada a la Ley, para que después se siga estando en lista de espera.
Destacamos que, si el objetivo de dicho Decreto-ley, es la agilización y simplificación de los procedimientos, no es coherente que un expediente se resuelva en 6 meses si el usuario va a pasar a una lista de espera sin limitación de tiempo y sin acceso a un derecho.
Por otro lado, las prestaciones garantizadas (recogidas en el artículo 42 de la Ley 9/2016 de 27 de Diciembre de SS.SS de Andalucía.) al ser de un carácter subjetivo proceden nuevamente a vulnerar los accesos a los máximos de intensidad del servicio de ayuda a domicilio en el Grado I.
Así pues, se pide desde el Consejo Andaluz de Trabajo Social la modificación del artículo 1544 por ir en contra de los derechos subjetivos de la ciudadanía, así como la aprobación del catálogo de prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales, que aún sigue ausente.
Les remitimos a la nota de prensa original, emitida por el Consejo Andaluz de Trabajo Social, en el siguiente enlace: Texto del enlace…
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