Función Pública
El Real Decreto núm. 55/2005, de 21 de enero, establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios universitarios oficiales de Grado; por su parte el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, determinó, entre otras cosas, las directrices para el diseño de los títulos de Grado. Por ello, en la actualidad el Trabajo Social es un título universitario oficial de Grado, debiendo de aparecer el Trabajo Social en el Grupo A, Subgrupo 1.
En este sentido los y las profesionales del Trabajo Social, a pesar de estar en posesión del título universitario de grado, fuimos incardinados/as en 2007 y con carácter transitorio (hasta que se generalizaran las titulaciones del plan Bolonia, decía el propio Estatuto) en el subgrupo A2. Esto nos hace sufrir un techo de cristal en nuestra carrera profesional que no tienen otros graduados/as procedentes de antiguas titulaciones de licenciatura. Habiendo transcurrido ya más de 15 años, afirmamos que el plan Bolonia está plenamente consolidado, por lo que es imperiosa la necesidad de que la administración adecúe su estructura a estas nuevas titulaciones que permitan a los/las profesionales con título de Grado en Trabajo Social acceder a los puestos de mayor nivel de responsabilidad existentes en las diferentes Administraciones Públicas, es decir, niveles 27 al 30.
Pese a la legitimación jurídica, la consolidación científica de la disciplina y el nivel de
responsabilidad y rigurosidad del Trabajo Social, somos el colectivo profesional que participa en órganos colegiados y ejerce potestades públicas con categoría de personal laboral, frente al resto de profesionales que tienen categoría de personal funcionario, situando nuestra disciplina en una situación de clara asimetría laboral y condiciones discriminatorias: brecha salarial, imposibilidad de carrera profesional, imposibilidad de asumir puestos de dirección y gerenciales, ausencia o escasa promoción interna, diferencias significativas en cuanto a la provisión de plazas y concursos de traslados, diferentes condiciones de jubilación y sistema médico o imposibilidad de percibir plus de productividad económica entre otras desventajas.
Además de ello, también solicitamos una actualización en el nombre de nuestra categoría actualmente denominada “Asistentes Sociales”. Recordamos que, el título universitario de Trabajo Social fue creado en 1980 tras la aprobación de la proposición no de Ley sobre Transformación y clasificación como universitarios de los Estudios de Trabajo Social, creación del Título de Diplomado en Trabajo Social y transformación de las Escuelas de Asistentes Sociales. En 2010, gracias al Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, se estableció en España la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, implantando los nuevos títulos de Grado, Máster y Doctor, de forma que se convirtieron las antiguas Diplomaturas y Licenciaturas en estudios de Grado. Por tanto, el título de Grado en Trabajo Social sustituye al de Diplomado en Trabajo Social, el cual ya había reemplazado mucho antes al de Asistente Social. En definitiva, la denominación de “Asistente Social” es obsoleta y tendría que ser sustituida.
Finalmente, recordamos que, para el ejercicio de profesiones colegiadas, como es el caso de Trabajo Social, será requisito indispensable acreditar mediante una certificación del correspondiente Colegio Profesional, la pertenencia al correspondiente colegio profesional, indistintamente de que el ejercicio profesional se desarrolle en la Administración Pública o en el ámbito privado.