colegiados - colegiación
El Colegio Oficial de Trabajo Social de Bizkaia se rige por la normativa autonómica vigente (Ley 18/1997, de 21 de Noviembre, BOPV 11/12/1997) de ejercicio de Profesiones tituladas y de Colegios y Consejos profesionales del País Vasco.
Señalamos a continuación los artículos que hacen referencia a la colegiación, infracciones, sanciones e inhabilitación profesional.
Artículo 30. Colegiación.
- 1. Es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas la incorporación al colegio correspondiente, cuando así lo establezca la ley de creación del colegio, otra norma posterior del mismo rango o, en su caso, la disposición reglamentaria prevista en el supuesto contemplado en el artículo 29.3 y los estatutos así lo dispongan.
- 2. Tal requisito no podrá ser exigido a los profesionales vinculados con la Administración pública mediante relación de servicios regulada por el Derecho administrativo o laboral. No obstante, precisarán de la colegiación, si así fuere exigible de acuerdo con lo previsto en el apartado anterior, para el ejercicio privado de su profesión.
En relación a este artículo 30.2 ponemos en vuestro conocimiento la Sentencia del Tribunal constitucional mediante la que se declara nulo este apartado en el que se eximia del requisito de colegiación a los y las profesionales que tuvieran vinculación con la Administración Pública mediante relación de servicios regulada por el Derecho Administrativo o laboral. Sentencia.
Artículo 14. Clasificación de las infracciones.
- 1. El ejercicio de las profesiones tituladas estará sujeto al régimen disciplinario contenido en el presente capítulo.
- 2. Las infracciones en que se puede incurrir en el ejercicio de las profesiones tituladas se clasifican en muy graves, graves y leves.
Artículo 15. Infracciones profesionales.
- h. El ejercicio de una profesión colegiada sin pertenencia al correspondiente colegio.
Artículo 16. Sanciones.
-
1. Las infracciones muy graves podrán ser objeto de alguna de las siguientes sanciones:
- a. Inhabilitación profesional por un tiempo comprendido entre un año y un día y veinte años, en los términos del Art. 17.
- b. Multa comprendida entre 3.005,06 y 30.050,60 €”
Artículo 17. Inhabilitación profesional.
- 1. La sanción de inhabilitación impide el ejercicio profesional durante el tiempo de su duración respecto a la profesión titulada en la que se haya cometido la infracción que hubiese sido sancionada con aquélla.
- 2. Podrá imponerse la sanción de inhabilitación profesional a quien, estando en posesión de los títulos que capacitan para el ejercicio de la profesión titulada, no cumpla con lo establecido en el artículo 30.1. En tal caso, la sanción comenzará a contar a partir del momento en que se solicite la colegiación. Esta solicitud quedará en suspenso hasta el cumplimiento de la sanción.
MÁS INFORMACIÓN: CARTA DEL CONSEJO GENERAL DE TRABAJO SOCIAL PARA LOS DIFERENTES ORGANISMOS E INSTITUCIONES.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA SOLICITAR LA ADMISIÓN EN El COLEGIO OFICIAL DE TRABAJO SOCIAL DE BIZKAIA.
Descárgate la ficha de inscripción.
- Título acreditativo o resguardo (originales y fotocopia)
- Fotocopia D.N.I
- 2 fotos tamaño carné
- Datos de domiciliación bancaria
- En caso de personas desempleadas o no ejercientes , el informe de situación de la seguridad social. (En caso de estar en activo de otra profesión diferente a TS también primera hoja del contrato)
- Resguardo del abonaré en concepto de matrícula de inscripción que se puede fracionar previa solicitud en dos pagos, la mitad al alta y la segunda mital al mes de la alta.
- Impreso de protección de datos cumplimentado y firmado. Descárgate el impreso de LOPD
El importe de la mátricula será el siguiente en cada caso:
- caso: Personas en activo, ejercientes en Trabjao Social, que se hayan graduado hace más de dos años : 180,00 euros
- caso: Personas en activo, ejercientes en Trabajo Social, que se hayan graduado dentro de los dos años previos al alta : 160,00 euros
- caso: Personas en situación de desempleo al alta o en activo no ejercientes en Trabajo Social: 100,00 euros.
Ingresar importe: Bilbao Bizkaia Kutxa ES79 2095 0119 9720 0701 3725
La Colegiación se puede INICIAR a través de la web del Colegio aunque, a efectos de cotejar los originales y copias de la documentación requerida, ésta debe APORTARSE en la sede del Colegio , Plaza Garellano 14- semisotano-trasera 48013 Bilbao. Horario: lunes a jueves de 10:00 a 14:00 y de 15:00 a 19:00. Del 16 de junio al 15 de septiembre de lunes a jueves de 10:00 a 15:00. SE ATENDERÁ CON CITA PREVIA.
Modificación de cuotas aprobada en Asamblea del 1 de Marzo de 2022: DOCUMENTO INFORMATIVO
CUOTAS DE COLEGIACIÓN
Se abonaran en dos pagos semestrales (marzo y octubre), en función de la situación en la que se encuentre la persona colegiada:
- Personas colegiadas en activo ejerciendo Trabajo Social a más de media jornada ; 160,00 euros anuales. Pagos semestrales de 80,00 euros.
- Personas colegiadas desempleadas, ejerciendo Trabajo Social a media jornada o inferior o en activo no ejercientes en Trabajo Social 94,00 euros anuales. Pagos semestrales de 47,00 euros: Se justificará con el envío (a admonbizkaia@cgtrabajosocial.es) del informe de situación actual de la seguridad social cada tres meses y contrato laboral en caso de estar en activo; Importante: Se recuerda que es responsabilidad de cada persona tener justificada su situación laboral, en ningún caso se aceptaran justificaciones para acogerse a la cuota de desempleo una vez emitidos los recibos de las cuotas colegiales.
- Jubilados/as: cuota reducida. Único pago anual (en marzo) de 18,00 euros.
PRECOLEGIACIÓN
Descárgate la ficha de inscripción de precolegiación.
La pre colegiación es una primera toma de contacto entre futuros profesionales y el COTSB. Está dirigida al alumnado de 3º y 4º de grado en Trabajo Social, que desee incorporarse a nuestro Colegio Profesional una vez finalizados los estudios universitarios.
El precio de la pre colegiación es de 30,00 euros anuales que se puede abonar en dos pagos semestrales de 15,00 euros. Posteriormente, al efectuar el alta colegial, en un plazo inferior a dos años naturales desde la obtención del título universitario, se realizará un descuento del precio de la matrícula de la siguiente manera:
- A las personas estudiantes precolegiadas desde 3ºcurso se les descontará 30 euros.
- A las personas estudiantes preocolegiadas desde 4º curso se les descontará 15,00 euros.
Para pre colegiarte debes hacer llegar al colegio la ficha de inscripción-precolegiación cumplimentada y firmada, junto con la fotocopia del DNI , fotocopia de la matrícula del curso académico, 1 foto tamaño carnet y el impreso de protección de datos cumplimentado y firmado Descárgate el impreso de LOPD
Más información en EL COTSB, a través de los canales habituales: Bizkaia@cgtrabajosocial.es / TFN.944160740
BAJA COLEGIAL
Para darte de baja como persona colegiada debes descargar, imprimir , rellenar y firmar el siguiente formulario y enviarlo al Colegio junto con el informe de situación actual de la seguirad social seguridad social . Imortante: Para solicitar/proceder a la baja colegial habrá que acreditar debidamente no estar en activo en el ejercicio de la profesión
Contacto y Horario
Pl. Garellano 14, Semisotano 1D. (Entrada por C/ General Eguia) - 48013 Bilbao
Tlf.: 944 160 740
admonbizkaia@cgtrabajosocial.es
https://www.facebook.com/TSBizkaia/
Horario:
La atención presencial en el Colegio Oficial de Trabajo Social de Bizkaia se realizará con cita previa.
Petición de citas en el Tfn 944160740 y por email a bizkaia@cgtrabajosocial.es y admonbizkaia@cgtrabajosocial.es