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Consejo General del Trabajo Social

SORIA

Organización de la Profesión

Según la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, “los Colegios Profesionales son Corporaciones de derecho público, amparadas por la Ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

Son fines esenciales de estas Corporaciones la ordenación del ejercicio de las profesiones, la representación institucional exclusiva de las mismas cuando estén sujetas a colegiación obligatoria, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados, todo ello sin perjuicio de la competencia de la Administración Pública por razón de la relación funcionarial”.

Se entiende por organización colegial el conjunto de corporaciones colegiales de una determinada profesión, como el Consejo General de Colegios, los Colegios de ámbito estatal, los Consejos Autonómicos de Colegios y los Colegios Profesionales.

 

ESQUEMA DE LA ORGANIZACIÓN COLEGIAL

CONSEJO GENERAL DEL TRABAJO SOCIAL

COLEGIOS PROVINCIALES

COLEGIOS AUTONÓMICOS

CONSEJO AUTONÓMICO DE COLEGIOS DE TRABAJO SOCIAL DE CASTILLA Y LEÓN

CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS

Álava
Alicante
Almería
Ávila
Badajoz
Burgos
Cáceres
Cádiz
Castellón
Córdoba
Granada
Guipúzcoa
Huelva
Jaén

Las Palmas
León
Málaga
Murcia
Palencia
Salamanca-Zamora
Segovia
Sevilla
Soria
Tenerife
Valencia
Valladolid
Vizcaya

Aragón
Asturias
Baleares
Cantabria
Castila-La Mancha
Cataluña
Galicia
La Rioja
Madrid
Murcia
Navarra

Ávila
Burgos
León
Palencia
Salamanca-Zamora
Segovia
Soria
Valladolid

Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla

         

 

Colegio de Trabajo Social de SORIA

C/ Diputación Nº1, Edificio Casa del Agricultor 3ª planta

42002 SORIA

MARTES Y JUEVES 16:30 A 18:30

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