39 aniversario de la Ley de Colegios Profesionales de Trabajo Social
Hoy celebramos el aniversario de la Ley 10/1982, de 13 de abril, de creación de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. Sin embargo, el Real Decreto 1850/1981 de 20 de agosto cambia la denominación de asistente/a social por el del trabajador/a social, que es el vigente en la actualidad.
El desempeño de la actividad profesional como trabajador/a social está sujeto al control desde un órgano independiente, como son los colegios profesionales, que garantizan el respeto a unas normas deontológicas y un servicio de calidad para la ciudadanía. Por tanto, para ejercer en Trabajo Social es obligatorio estar colegiado/a.
Otras fechas que ya hemos celebrado este año y que recuerdan la obligatoriedad de estar colegiado/a:
- Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
- Real Decreto 174/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales.
Además, compartimos nuestra guía rápida para conocer en 5 pasos la esencia de los colegios profesionales, en la que te explicamos qué son y para qué sirven.
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