EL B.O.E. PUBLICA LOS NUEVOS ESTATUTOS DEL CONSEJO GENERAL DEL TRABAJO SOCIAL
- Los nuevos Estatutos se publicaron el pasado 25 de octubre, después de que fueran aprobados en Consejo de Ministros el día 10 de octubre.
- Esta norma culmina un largo proceso de reforma de los Estatutos que se inició en al año 2011, dando cumplimiento a lo acordado por la Asamblea de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales.
El texto de los Estatutos, elaborado por el Consejo General del Trabajo Social, con aportaciones de todos los Colegios, fue aprobado por la Asamblea General Extraordinaria del 9 de junio de 2012.
Durante año y medio los Colegios Profesionales debatieron la renovación estatutaria. Posteriormente a su aprobación, durante dos años y medio se han tramitado como Real Decreto, habiéndose obtenido la audiencia de las Comunidades Autónomas, los Ministerios y el informe favorable del Consejo de Estado antes de su aprobación por el Consejo de Ministros.
Las principales novedades contenidas en los nuevos Estatutos y consensuadas por toda la organización colegial son:
-Referencia al informe social como instrumento específico de la profesión, siendo la primera vez que aparece dicha mención en un texto normativo.
- Adaptación de los Estatutos del Consejo a las reformas producidas en nuestro ordenamiento jurídico por Ley 2/2007, de 5 de marzo, de Sociedades Profesionales y a las modificaciones legislativas que en materia de colegios profesionales se recogen en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades y servicios y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- Modificación en materia de organización interna, incorporando las convocatorias por medios electrónicos para facilitar la agilidad en las comunicaciones, considerando especialmente la naturaleza de organización de segundo grado del Consejo, integrado por todos los Colegios provinciales y autonómicos.
- Modificación parcial del régimen electoral.
- Adaptación del lenguaje a la perspectiva de género.
- Ampliación de dos a tres mandatos para los que puede ser reelegida la Presidencia y la Junta de Gobierno.
Desde el Consejo nos felicitamos y felicitamos a todos nuestros miembros y a la totalidad de los colegiados por la aprobación de una norma esencial que, esperamos, habrá de facilitar la andadura de nuestra organización en una época singularmente dura para las organizaciones profesionales, y, en particular, para el colectivo de trabajadores y trabajadoras sociales.
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