ZAMORA. Bases que han de regir la convocatoria de concurso público para la concesión de subvenciones a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de Benavente, para el desarrollo de programas en el campo de los Servicios Sociales Sectoriales.
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede y ámbito de actuación en el municipio de Benavente.
1.- Objeto y finalidad de la convocatoria.
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones a asociaciones
y entidades sin ánimo de lucro con sede y ámbito de actuación en el municipio
de Benavente, constituidas como tales, para el desarrollo de actividades y programas
de acción social, enmarcados en el campo de los Servicios Sociales Sectoriales.
Se entiende por Servicios Sociales Sectoriales, aquellos que van dirigidos a un sector
específico de la sociedad, que presentan unas características peculiares y/o comunes,
pudiendo ser objeto de una intervención de carácter básico o especializada.
1.2.- Serán objeto de subvención los siguientes programas, cuyas actividades
deberán circunscribirse al ámbito territorial del municipio de Benavente, siempre
que no sean financiados íntegramente por otros organismos o instituciones:
a) Programas de promoción e integración de discapacitados físicos, psíquicos
y sensoriales.
b) Programas dirigidos al desarrollo integral de la infancia.
c) Programas orientados al desarrollo de grupos étnicos.
d) Programas de reinserción social de personas enfermas mentales.
e) Programas de atención primaria e integración social de inmigrantes.
f) Programas de apoyo a la acción social comunitaria: Fomento del asociacionismo
y el voluntariado.
g) Programas comunitarios de prevención específica: Programas que tengan
como objetivo eliminar las causas de los problemas sociales y la marginación
de colectivos y personas discriminadas.
h) Otros programas de especial interés social en los que esté justificado su
financiación municipal.
2.- Principios.
La convocatoria de subvenciones se ajustará a los principios de publicidad,
concurrencia, objetividad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los
objetivos fijados por la administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización
de los recursos públicos.
3.- Dotación presupuestaria.
El crédito destinado a financiar las ayudas establecidas en la presente convocatoria,
se determina conforme a las previsiones contenidas en el presupuesto
general municipal vigente.
A tal efecto, existe en dicho presupuesto, dotación presupuestaria adecuada y
suficiente en los términos que a continuación se indican:
- Partida: 23100.48900.
- Importe: 15.000 euros.
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