Servicio de Atención a la Ciudadanía
El Colegio Oficial, en cumplimiento de sus fines, funciones y la legislación vigente, ofrece mecanismos para garantizar los derechos de la ciudadanía. A continuación se expone brevemente cada servicio y su descripción.
Contratación de profesionales
- Contratación de profesionales Información sobre la contratación de trabajadores/as sociales. Contrataciones laborales o de servicios.
Registros de acceso público
- Registro de colegiados Desde aquí puede conocer los datos accesibles al público, como nombre, titulación, domicilio profesional y estado.
- Registro de sociedades profesionales Se ofrece la consulta de sociedades profesionales constituidas por profesionales colegiados. Actualmente no existe ninguna sociedad profesional registrada en el Colegio Oficial.
Deontología y reclamaciones deontológicas sobre personas colegiadas
Si como ciudadana/o quiere presentar una denuncia/queja sobre una o un profesional de trabajo social colegiada/os, puede consultar en el siguiente enlace el procedimiento a seguir:
CONCEPTO Y FINALIDAD DE DENUNCIA /QUEJA DEONTOLÓGICA
Se entiende por denuncia/queja el acto por el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone en conocimiento del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia (en adelante, COTS-RM), la existencia de unos determinados hechos en relación a una o varias personas colegiadas en esta corporación profesional que pudiera justificar la iniciación de oficio por ésta de un expediente sancionador; en consecuencia:
- El COTS-RM no tiene competencia para sancionar a personas que no estén colegiadas en el mismo o, al menos, no lo hayan estado en el momento en que sucedieron los hechos objeto de denuncia/queja, de modo que se archivarán aquellas denuncias/quejas que se formulen frente otras personas;
- La denuncia/queja no determina el inicio de expediente sancionador, sino que es un medio de poner en conocimiento del COTS-RM unos hechos que pudieran revestir relevancia disciplinaria para ello, siendo su Junta de Gobierno la única competente para acordar el inicio de expediente sancionador; y,
- El objeto del expediente sancionador lo constituye, única y exclusivamente, la comprobación de la comisión por parte del/la colegiado/a denunciado de infracción de obligación deontológica y/o deber profesional y, en su caso, la imposición de la correspondiente sanción; por tanto, este expediente no tiene más finalidad que ésta, no siendo medio para obtener un supuesto resarcimiento de daños y perjuicios, reparación de agravio moral o depuración de otro tipo de responsabilidad, como por ejemplo de índole penal, debiendo acudir al efecto a los órganos y/o entidades competentes en la materia o utilizar los recursos públicos puestos a su disposición (autoridad judicial y/o administrativa, cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, ministerio fiscal, sistema integrado de emergencias y seguridad pública a través del teléfono 112, etc.).
Reclamaciones contra las Administraciones Públicas
- Reclamaciones Sistema para la Autonomía personal y Atención a la Dependencia (SAAD) Información, documentación y modelos para las reclamaciones sobre el Sistema para la Autonomía personal y Atención a la Dependencia, gestionado por el Instituto Murciano de Acción Social (Consejería de Sanidad y Política Social).
- Reclamaciones Renta Básica de Inserción Información, documentación y modelos para las reclamaciones sobre la Renta Básica de Inserción, gestionada por el Instituto Murciano de Acción Social (Consejería de Sanidad y Política Social).
Consultas dirigidas al colegio
- Consultas Si tiene alguna duda puede enviar una consulta a gestionmurcia@cgtrabajosocial.es indicando en el asunto "Consulta ciudadanía" y en la medida de lo posible será informada/o.