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MURCIA

Ventanilla Única

 

 Qué es la Ventanilla Única 

Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Capítulo IV –«Simplificación administrativa» "Además, todos los procedimientos y trámites podrán realizarse a distancia y por medios electrónicos, lo que reducirá la carga que los procedimientos suponen tanto para los prestadores de servicios como para las autoridades públicas. Adicionalmente se pone en marcha un sistema de una ventanilla única a través del cual los prestadores podrán llevar a cabo en un único punto, por vía electrónica y a distancia, todos los procedimientos y trámites necesarios para el acceso a las actividades de servicios y su ejercicio".

Artículo 18. Ventanilla única.
1. Los prestadores de servicios podrán acceder, electrónicamente y a distancia a través de una ventanilla única, tanto a la información sobre los procedimientos necesarios para el acceso a una actividad de servicios y su ejercicio, como a la realización de los trámites preceptivos para ello, incluyendo las declaraciones, notificaciones o solicitudes necesarias para obtener una autorización, así como las solicitudes de inscripción en registros, listas oficiales, asociaciones, colegios profesionales y consejos generales y autonómicos de colegios profesionales.

2. Las Administraciones Públicas garantizarán que los prestadores de servicios puedan, a través de la ventanilla única:

a) Obtener toda la información y formularios necesarios para el acceso a su actividad y su ejercicio.
b) Presentar toda la documentación y solicitudes necesarias.
c) Conocer el estado de tramitación de los procedimientos en que tengan la condición de interesado y recibir la correspondiente notificación de los actos de trámite preceptivos y la resolución de los mismos por el órgano administrativo competente.

3. Asimismo, las Administraciones Públicas adoptarán las medidas necesarias e incorporarán en sus respectivos ámbitos las tecnologías precisas para garantizar la interoperabilidad de los distintos sistemas.

 

 A quién va dirigido el portal 

El portal está dirigido a las/los profesionales del Trabajo Social y a la ciudadanía que desee obtener información o realizar trámites relacionados con el Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia, interesadas/os en consultar información relativa al funcionamiento del Colegio (consultar su memoria o código deontológico, las convocatorias de junta colegial) o realizar trámites tales como solicitar el alta en un colegio o formular una reclamación.

 

 Acceso a información y trámites del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia 

En este apartado puede conocer la relación de cuestiones de información y acceder a los trámites actualizados a través del mapa web.

 

Enlaces directos:

  • Servicio de Atención a la Ciudadanía
    • Reclamaciones contra Administraciones Públicas
    • Contratación de profesionales.
    • Registro de Acceso público de colegiadas/os y Sociedades Profesionales
    • Deontología, asociaciones y organizaciones de consumidores y usuarios y reclamaciones sobre personas colegiadas.
    • Consultas

Sólo para colegiadas/os

 

 Ventanilla única del Consejo General del Trabajo Social 

El Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, en adelante Consejo General del Trabajo Social es el superior órgano representativo, coordinador y ejecutivo, en los ámbitos nacional e internacional, de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, y, en su caso, de los Consejos Autonómicos en los que se integran. Tiene a todos los efectos la condición de corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.Así lo establece el Real Decreto 877/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales.

 

La Ventanilla Única, disponible en www.cgtrabajosocial.com/murcia/ventanilla_unica es el portal que el Consejo General del Trabajo Social ha desarrollado en colaboración con los Colegios Oficiales de Trabajo Social de España, con el objeto de dar cumplimiento a los requisitos y obligaciones de la Ley 17/2009 de 23 de noviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio como en la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Este portal esta integrado con la Ventanilla Única del Ministerio www.eugo.es, permitiendo a cualquier ciudadana/o que haya accedido a este portal a continuar el tramite desde la ventanilla de la profesión seleccionada.

Part of the EUGO Network - España

 

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

C/ Sargento Ángel Tornel, 1

30009 Murcia

(presencial solo con cita previa) de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h. Tardes cerrado. Horario intensivo.

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