Accesibilidad
Última actualización: 9 de julio de 2024
Apartado en construcción (la web se encuentra actualmente en proceso de revisión de accesibilidad)
DECLARACIÓN DE ACCESIBILIDAD
El Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia se ha comprometido a hacer accesibles su sitio web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público (en adelante, Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre).
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web www.trabajosocialmurcia.com
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
a. Falta de conformidad con el Real Decreto 1112/2018:
- Pueden haber fallos de edición en alguna página web, tanto en contenidos HTML como en documentos finales, publicados en fecha posterior al 20 de septiembre de 2018 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre). Igualmente puede contener fallos aquellos documentos que contienen gráficos, tablas complejas o en aquellos firmados electrónicamente antes de su revisión de accesibilidad.
- Se pueden encontrar imágenes sin que acompañe texto explicativo.
- Se puede encontrar aún anidamientos incorrectos de etiquetas.
- Pueden existir encabezados que no sean claros o breves, o que no deberían ser encabezados – Requisito número 9.2.4.6 Encabezados y etiquetas de UNE-EN 301549:2022
- Existen documentos en PDF que, aunque se han creado accesibles, han perdido requisitos de accesibilidad después del proceso de firma electrónica. [Requisitos número 9.1.1.1 Contenido no textual, 9.1.3.1 Información y relaciones y 9.2.4.2 Titulado del documento de UNE-EN 301549:2022].
- Existen desplegables en formularios de algunas bases de datos con un listado extenso de opciones no agrupadas. [Requisito número 9.1.3.1 Información y relaciones de UNE-EN 301549:2022].
- Podrían existir fallos puntuales de edición en alguna página web.
- Podrían existir fallos de edición en la página web.
b. Carga desproporcionada:
- En revisión.
c. El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable:
- Existen archivos ofimáticos en PDF u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplen en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. También pueden estar en esa situación contenidos elaborados por terceros no financiados, ni desarrollados, ni bajo el control del responsable de este sitio web.
Preparación de la Declaración de Accesibilidad del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia
- Fecha preparación: la presente declaración fue preparada en mayo de 2023.
- Método: el método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación manual y automática llevada a cabo por el propio organismo.
Evaluación manual: en la autoevaluación manual:
Se ha tomado de referencia el portal web del Observatorio de Accesibilidad Web del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Enlace: https://administracionelectronica.gob.es/pae_Home/pae_Estrategias/pae_Accesibilidad pae_Observatorio_de_Accesibilidad.html
Se han seguido los criterios referenciados en el documento "Recomendaciones para realizar el Modelo Europeo de Declaración de Accesibilidad", versión 3 de octubre de 2020, publicado por el Obserrvatorio de Accesibilidad del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Enlace:https://administracionelectronica.gob.es/pae_Home/dam/jcr:da4785f6-6c22-4d67-a466-3b62c4f10056/RECOMENDACIONES-MODELO-EUROPEO-ACCESIBILIDAD-acc.pdf
Se ha utilizado de referencia el documento "Guía de validación de accesibilidad web" disponible en el Portal de la administración electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Enlace:https://administracionelectronica.gob.es/pae_Home/dam/jcr:bf784fe3-d673-4e44-8cd3-b818b6293280/Guia_de_Validacion_de_Accesibilidad_Web_v2_0.pdf
Se han realizado revisiones mediante puntos de verificación con nivel de adecuacion A y AA, en base al manual "Metodología para el seguimiento simplificado UNE-EN 301549:2022" del Observatorio de Accesibilidad Web del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Enlace:https://administracionelectronica.gob.es/dam/jcr:a0f1a17f-84a9-485b-80be-255e8aa9f24c/METODOLOGIA-PARA-EL-SEGUIMIENTO-SIMPLIFICADO-UNE-EN-3015492019-acc.pdf
Evaluación automática: se ha utilizado la herramienta taw (tawdis.net/index) es una herramienta automática on-line para analizar la accesibilidad de sitios web. Creada teniendo como referencia técnica las pautas de accesibilidad al contenido web ( WCAG 2.1) del W3C (Markup Validation Service o Servicio de validación de marcado).
- Fecha última revisión: julio de 2024.
Datos de contacto para realizar comunicaciones al Colegio sobre accesibilidad.
Las comunicaciones, solicitudes de información accesible y quejas debe dirigirlas al Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia, como corporación responsable de los contenidos de este sitio web (www.trabajosocialmurcia.com)
a. Información sobre comunicaciones al Colegio sobre accesibilidad.
1. Como ciudadana/o puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad y/o y/o formular quejas por incumplimiento de los requisitos de accesibilidad de la web del Colegio (artículo 10.2.a y artículo 12 del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre) referidas a:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento del portal web del Colegio de la legislación de accesibilidad.
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
- Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del portal web.
2. También puede solicitar en formato accesible información que no cumpla con los requisitos de accesibilidad, bien por estar excluida o bien por estar exenta por carga desproporcionada.
b. Solicitud y contacto para realizar COMUNICACIONES al Colegio.
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Cumplimenta la solicitud y remítela a través de las siguientes vías:
- Por correo electrónico: remitiendo un e-mail a gestionmurcia@cgtrabajosocial.es indicando en el asunto del mensaje "Solicitud de accesibilidad".
- Por correo postal: remitiendo carta a la siguiente dirección, indicando en el interior "Solicitud de accesibilidad".
Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia
APARTADO 2033 CP30080 Murcia.
- Presencialmente: en la sede colegial, situada en C/ Sargento Ángel Tornel,1 bajo 30009 Murcia, previa cita el teléfono 968 284820
c. Unidad Responsable de Accesibilidad del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia.
Las comunicaciones serán recibidas por la Unidad Responsable de Accesibilidad del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia estará formada por:
- Dña. Laura López Martínez, Coordinadora y Trabajadora Social del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia.
- Dña. Noelia Díaz García, Técnica y Trabajadora Social del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia.
Dicha Unidad responsable deberá realizar las siguientes funciones:
- Promover la existencia de los medios y procedimientos de comunicación para garantizar una adecuada gestión y atención de las consultas recibidas sobre accesibilidad.
- Dar respuesta a las reclamaciones recibidas.
- Revisar las evaluaciones de accesibilidad.
- Coordinar las revisiones periódicas establecidas.
- Fomentar actividades de promoción, concienciación y formación sobre accesibilidad.
- Realizar los informes que determina la Ley.
- Actuar como punto de contacto con el organismo encargado de realizar el seguimiento y presentación de informes.
- Cualquier función que garantice la accesibilidad del sitio web.
-
Obligación de presentar tres informes anuales:
- Informe sobre la atención de quejas y reclamaciones.
- Informe de seguimiento sobre el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad.
- Informe de seguimiento sobre la promoción, concienciación y formación.
El artículo 16 del Real Decreto 1112/2018, refiere que, “cada entidad determinará la Unidad responsable de garantizar el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad de los sitios web dentro de su ámbito competencial”. Debiendo “notificar al órgano encargado de realizar el seguimiento y presentación de informes las designaciones y modificaciones o bajas de las correspondientes Unidades Responsables de accesibilidad”. En este caso, el Colegio notificará cualquier variación al Observatorio de Accesibiidad Web.
d. Otra información de interés.
- Comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad: entrada en vigor el 20 de septiembre de 2018.
- Solicitudes de información accesible y quejas: entrada en vigor el 20 de septiembre de 2019 para sitios web nuevos y el 20 de septiembre de 2020 para sitios web ya publicados.
- Procedimiento de reclamación (art.13 del Real Decreto 1112/2018): entró en vigor el 20 de septiembre de 2019 y el 20 de septiembre de 2020 para sitios web ya publicados.
- Aplicaciones para dispositivos móviles: entrada en vigor el 23 de junio de 2021.
Procedimiento de reclamación (aplicación) sobre accesibilidad
a. Información.
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5 del Real Decreto 1112/2018, la persona interesada podrá iniciar una reclamación para:
- Conocer y oponerse a los motivos de la desestimación.
- Instar la adopción de las medidas oportunas en el caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada.
- Exponer las razones por las que se considera que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos.
Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
b. Solicitud y contacto para interponer una RECLAMACIÓN al Colegio.
ENLACE DESCARGA SOLICITUD PDF / WORD (copiar dirección de enlace y pegar en ventana nueva para iniciar descarga)
Cumplimenta la solicitud marcando la casilla de reclamación y remítela a través de las siguientes vías:
- Por correo electrónico: remitiendo un e-mail a gestionmurcia@cgtrabajosocial.es indicando en el asunto del mensaje "Solicitud de accesibilidad".
- Por correo postal: remitiendo carta a la siguiente dirección, indicando en el interior "Solicitud de accesibilidad".
Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia
APARTADO 2033 CP30080 Murcia.
- Presencialmente: en la sede colegial, situada en C/ Sargento Ángel Tornel,1 bajo 30009 Murcia, previa cita el teléfono 968 284820
Dirigidas a la Junta de Gobierno del Colegio.
Contenido opcional a la Declaración de Accesibilidad
El contenido que se indica a continuación es opcional, y puede añadirse según se estime oportuno a la Declaración de Accesibilidad.
a. Compromiso del Colegio.
El Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia, tratará de garantizar la accesibilidad de su página web www.trabajosocialmurcia.com, cumpliendo así con la legislación vigente, además de promover acciones y medidas que mejoren la información disponible en el portal web mencionado realiza Manifestando el firme compromiso de seguir trabajando en la mejora de la accesibilidad en beneficio de la ciudadanía, y de las/os profesionales de Trabajo Social.
b. Informes de evaluación de accesibilidad.
Pendiente de publicación. El sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/20218.
c. Informe de evaluación de carga desproporcionada.
Pendiente de publicación.
d. Asistencia telefónica para personas con discapacidad y ayuda para usuarias/os con tecnologías de apoyo.
Puede contactar con el 968 284 820.
e. Otra información de interés:
Tamaño del texto
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NORMATIVA
Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
Artículo 12. Solicitudes de información accesible y quejas
1. Las solicitudes de información accesible y quejas serán presentadas y registradas conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. En el caso de las solicitudes de información accesible, la persona interesada deberá concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
3. Recibidas las solicitudes de información accesible y quejas, la entidad obligada deberá responder a la persona interesada en el plazo de veinte días hábiles.
4. El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse a la persona interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la solicitud de información accesible o queja. Transcurrido dicho plazo sin que la persona interesada haya realizado las aclaraciones oportunas, se continuará con su tramitación.
5. La respuesta deberá incluir la siguiente información:
a) La Unidad que emite la respuesta.
b) La decisión que se ha adoptado.
c) En su caso, la información accesible solicitada.
d) En su caso, el plazo estimativo y la Unidad responsable de llevar a cabo las medidas para corregir un posible incumplimiento, si las mismas no se pueden adoptar de inmediato.
e) La Unidad ante la cual se puede reclamar y el procedimiento por el cual se puede hacer la reclamación.
6. Transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya notificado la respuesta se entenderá que la solicitud de información accesible no ha sido aceptada o que la queja no ha sido considerada.
Artículo 13. Procedimiento de reclamación
1. Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación para conocer y oponerse a los motivos de la desestimación, instar la adopción de las medidas oportunas en el caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada, o exponer las razones por las que se considera que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos.
Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
2. Dicha reclamación deberá ser presentada y registrada conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La reclamación deberá dirigirse a la Unidad responsable de accesibilidad de ese ámbito competencial, o si la respuesta se hubiera realizado desde la propia Unidad responsable de accesibilidad, al superior jerárquico de ésta.
3. Las entidades obligadas deberán incluir en la declaración de accesibilidad la Unidad a la cual elevar las reclamaciones junto con el enlace al sistema de registro en el que se deberá realizar dicha reclamación.
4. Recibida la reclamación, la Unidad responsable de atenderla deberá responder a la persona interesada en el plazo máximo de dos meses.
5. El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse a la persona interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la reclamación. Transcurrido dicho plazo sin que la persona interesada haya realizado las aclaraciones oportunas, se continuará con la tramitación de la reclamación.
6. Transcurrido el plazo máximo para resolver la reclamación sin que se haya notificado la resolución de la misma, se entenderá que la reclamación ha sido desestimada.
INFORMES DE ACCESIBILIDAD
Año | Informe |
2023 | Enlace al informe |