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MURCIA

3ª Convocatoria de elecciones para la Junta de Garantías (presidencia y secretaría)

 

3ª Convocatoria de elecciones para la Junta de Garantías (presidencia y secretaría)

 

Enlace Convocatoria oficial

La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia, en sesión celebrada el 22 de noviembre de 2016 ha acordado, de conformidad con lo previsto en los Estatutos colegiales, convocar, por tercera vez, elecciones para la provisión de los cargos de presidencia y secretaría de la Junta de Garantías, que se celebrarán en la sede este Colegio (C/ San Antón, 21, 1º H, 30009 Murcia) el martes 17 de enero de 2017, de 16:30 a 18:30 horas.

Junta de Garantías:

Actúa con total independencia de los órganos del Colegio. Corresponde a la Junta de Garantías conocer y resolver los recursos que se interpongan contra los acuerdos adoptados por la Asamblea General, por la Junta de Gobierno y por su Presidente, incluso en materia electoral, y cualesquiera otros previstos en los Estatutos.

Actualmente, la Junta de Garantías se compone de cinco miembros: presidenta y secretaria, ambas en funciones sin que haya habido candidaturas tras dos convocatorias de elecciones consecutivas, y tres vocalías que tomaron posesión de sus cargos el 22 de noviembre de 2016, tras la segunda convocatoria de elecciones.

La elección tendrá lugar con arreglo a las normas del anexo I del presente documento, según los plazos del anexo II, de acuerdo con lo previsto en los Estatutos colegiales publicados en el BORM el 16 de septiembre de 2003, siguiendo el proceso establecido en el capítulo 3 del Título IV, debiendo presentar su solicitud siguiendo el modelo normalizado para la Junta de Garantías (anexo III).

Esta convocatoria se publicará en el tablón de anuncios del Colegio, en la página web y será remitida a los colegiados por correo electrónico.

 

Plazos del procedimiento electoral (anexo II)


 

1 de diciembre de 2016: Convocatoria oficial de elecciones de Junta de Garantías.

Sobre las candidaturas:

Del 2 al 16 de diciembre: Plazo de presentación de candidaturas. Opcionalmente, podrán acompañar un documento de trayectoria profesional, para difundir.

Del 19 al 23 de diciembre: Plazo de publicación de las candidaturas con expresión del cargo al que opta.

Del 27 de diciembre al 3 de enero:Plazo de impugnación de candidaturas.

Del 4 al 9 de enero: Plazo de resolución de las impugnaciones. RESUELVE: JUNTA DE GOBIERNO.

Sobre el censo de electores:

 

16 de diciembre: Publicación de la lista de colegiados/as con derecho a voto en el tablón de anuncios.

Del 19 al 21 de diciembre:Plazo de reclamación por escrito sobre la lista definitiva de colegiados/as con derecho a voto.

Del 22 al 27 de diciembre: Resolución expresa de las reclamaciones al listado definitivo de colegiados.RESUELVE: JUNTA DE GOBIERNO.

Sobre la elección:

Si no hay más candidaturas que vacantes

Martes 17 de enero: Elección por aclamación. Si no existe impugnación o ésta es desestimada, inmediatamente después serán proclamadas electas, sin necesidad de votación, a lascandidaturaspresentadas si su número es igual o inferior al de miembros a elegir.

Del 19 de enero al 2 de febrero: Plazo para la toma de posesión de los cargos.

Si hay más candidaturas que vacantes

21 de diciembre: Publicación de la mesa electoral.

Martes 17 de enero:de 16:30 a 18:30 h. votaciones en sede colegial (C/ San Antón, 21, 1º H, 30009 Murcia).

18 de enero: Reclamaciones de los candidatos.

19 y 20 de enero: Resolución de reclamaciones. RESUELVE: JUNTA DE GOBIERNO.

23 de enero: Proclamación de los cargos electos.

Del 24 de enero al 7 de febrero:Plazo para la toma de posesión.

En ausencia de candidaturas, se procederá a estudiar las actuaciones oportunas para solucionar la situación.

 

Cargos, mandato y condiciones (anexo I)


 

Cargos objeto de elección: Junta de Garantías: Presidencia y secretaría.

Periodo de mandato: El mandato se extiende hasta el 22 de noviembre de 2020, momento en el que finalizará el mandato de la actual junta de garantías.

Condiciones de elegibilidad (art. 21, 29 y 53):

  • Un mínimo de seis meses de colegiación.

  • Hallarse al corriente del pago de las cuotas colegiales.

  • No haber sido sancionado por infracción grave o muy grave en éste u otro Colegio o condenado por sentencia firme.

 

 

Electores y formas de votar


 

Electores (art. 30): Tendrán derecho a voto, secreto y directo, aquellos colegiados, siempre que no se hallen incursos en prohibición legal o estatutaria, debiendo exponerse previamente el censo:

- Inscritos con al menos un mes de antelación a la fecha de convocatoria oficial.

- Al corriente del pago de las cuotas.

 

Voto (art. 30): El voto podrá ser emitido:

- Personalmente el día de la elección: El votante se identificará ante la mesa de forma fehaciente y documental, entregando la papeleta al Presidente quien la depositará en la urna, consignando en la lista el nombre del votante.

- Por correo postal, según el procedimiento establecido en el art. 31: Escrutada la urna se pasará a computar los votos por correo o sistemas similares que se hayan recibido hasta ese momento en sobre cerrado, identificado con fotocopia del D.N.I. y firmado por el elector, depositado dentro de otro sobre remitido al Sr. Presidente del Colegio, que entregará el Secretario al Presidente de la Mesa Electoral.

 

Procedimiento electoral (art. 31).


 

La convocatoria de elecciones deberá anunciarse por la Junta de Gobierno con un mes de antelación como mínimo a la fecha de su celebración, debiendo comunicarse a todos los colegiados y difundirse en la forma más amplia posible, estableciéndose todos los plazos del proceso electoral.

La Junta de Gobierno, con al menos 20 días de antelación a la fecha electoral, hará pública la lista definitiva de los colegiados con derecho a voto, debiendo aquélla quedar expuesta en el tablón de anuncios del Colegio hasta la finalización del proceso.

Los colegiados podrán reclamar en los tres días hábiles siguientes al de exposición de la lista, mediante escrito dirigido a la Junta de Gobierno quien resolverá expresamente en el plazo de tres días hábiles, una vez finalizado el plazo de formalización de reclamaciones.

Los colegiados que deseen ser candidatos deberán presentar su candidatura por escrito dirigido al Presidente en los quince primeros días naturales contados a partir de la fecha de la convocatoria.

Expirado dicho plazo, la Junta de Gobierno hará pública la lista de candidatos con expresión del cargo al que opta cada uno en un plazo de cinco días. Tras su publicación podrán impugnarse tales listas en otro plazo de cinco días, debiendo resolver la Junta de Gobierno dentro de los tres días siguientes a la expiración del citado plazo.

Los colegiados podrán agruparse en candidaturas completas, integrada por tantos como cargos hayan de ser elegidos, debiendo tramitarla en la forma indicada en el apartado anterior, quien encabece el grupo.

La mesa electoral estará compuesta por un Presidente, un Secretario y un Vocal, con sus respectivos suplentes, designados por la Junta de Gobierno entre los colegiados que no se presenten a la elección y tengan 6 meses de antigüedad en la Corporación; haciéndose públicos sus nombres al finalizar el proceso señalando en el apartado tercero, teniendo desde ese momento plenas competencias para solventar cuantas incidencias surjan en el resto del proceso, según se indica en este artículo.

Los candidatos podrán designar interventores, que deberán ser también colegiados, comunicándolo previamente a la mesa.

Los colegiados votarán utilizando sólo una papeleta en la que se agruparán los candidatos por los cargos a los que optan, indicando si pertenecen o no una candidatura múltiple.

El votante se identificará ante la mesa de forma fehaciente y documental, entregando la papeleta al Presidente quien la depositará en la urna, consignando en la lista el nombre del votante.

Terminada la votación personal en los horarios que se fijen en la convocatoria, se procederá al escrutinio que será público, contabilizando los votos obtenidos por cada candidato, leyéndose el nombre y cargo que figure en cada papeleta. Se considerarán nulos los votos emitidos a favor de quienes no sean candidatos, no estén suficientemente identificados, se altere el cargo para el que se ha presentado o contengan tachaduras, frases o expresiones distintas del nombre y cargo del candidato.

Escrutada la urna se pasará a computar los votos por correo o sistemas similares que se hayan recibido hasta ese momento en sobre cerrado, identificado con fotocopia del D.N.I. y firmado por el elector, depositado dentro de otro sobre remitido al Sr. Presidente del Colegio, que entregará el Secretario al Presidente de la Mesa Electoral.

El candidato que obtenga mayor número de votos será elegido para el respectivo cargo al que se presenta en candidatura individual o completa. En caso de empate, se elegirá al candidato que lleve más tiempo de ejercicio profesional en este Colegio Oficial.

Finalizado el escrutinio del que quedará constancia en acta firmada por la mesa y los interventores, debidamente expuesta; durante el día siguiente los candidatos podrán efectuar reclamaciones ante la Junta de Gobierno saliente que resolverá en el plazo de dos días hábiles siguientes.

Si la Junta de Gobierno entiende que deben anularse las elecciones lo comunicará al Consejo General, debiendo convocar nuevas elecciones en el plazo máximo de un mes. La Junta continuará en funciones hasta que sean proclamados los cargos de la nueva Junta elegida.

Resueltas las reclamaciones o sin que se formule ninguna, se procederá a la proclamación de los electos, debiendo tomar posesión en un plazo máximo de 15 días desde su proclamación.

De inmediato se comunicará al Consejo General y a la Administración la composición de la nueva Junta.

 

 

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

C/ Sargento Ángel Tornel, 1

30009 Murcia

(presencial solo con cita previa) de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h. Tardes cerrado. Horario intensivo.

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