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MURCIA

La Audiencia pide al Supremo que solvente la controversia sobre la violencia de género

viernes 19 de abril de 2013 Fuente: La Verdad

Enlace La Verdad

En una sentencia en la que condena a un joven por amenazar a su exnovia reclama al Alto Tribunal que «zanje definitivamente el tema».

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia, especializada en los asuntos de violencia de género, ha pedido al Tribunal Supremo (TS) que «aborde con más calado» la controversia existente entre los jueces a la hora de precisar cuándo se produce una situación de dominación del hombre sobre la mujer. La petición se contiene en una sentencia, que desestima el recurso que el Ministerio Fiscal presentó ante la Audiencia contra la resolución de un juzgado de lo Penal de Murcia que condenó a un joven por una falta de amenazas a su exnovia.

El juez declaró probado que el acusado discutió con la que había sido su novia al encontrarla en una celebración de la Nochevieja de 2007. Según reflejaba la sentencia, llegó a decirle que la iba a matar y, una vez en la calle, sacó un punzón, que, sin embargo, le fue arrebatado de inmediato por un amigo de la denunciante. En contra del criterio del fiscal, el juzgado de lo Penal consideró que no se trataba de un caso de violencia de género, sino solo de una falta de amenazas, por lo que condenó al acusado a veinte días de multa, con una cuota diaria de seis euros.

El Ministerio Público recurrió esta resolución al considerar que los hechos eran constitutivos de un delito de amenazas en el ámbito familiar, que está sancionado con una pena mayor. Sin embargo, este tribunal ha desestimado el recurso en una sentencia en la que se indica que no se ha acreditado la situación de desigualdad o de dominio del hombre sobre la mujer en esta relación de pareja, por lo que los hechos no pueden ser incluidos en la violencia de género. La Audiencia condena al procesado a ocho días de localización permanente. La sala, no obstante, pide al TS que dicte una resolución «que aborde con más calado la controversia y que zanje definitivamente el tema».

En su recurso, la Fiscalía replanteaba la controversia que se mantiene en las audiencias provinciales sobre la violencia de género y lo hacía, según explica la sentencia, basándose en tres sentencias del Tribunal Supremo «que, a su entender, dejan claro que no es preciso el elemento intencional o ánimo machista» para que unos hechos sean considerados como un delito de violencia de género. La Audiencia reconoce, llegados a este punto, la existencia de una «controversia jurídica», pero recuerda que la Sala del Supremo «ha conocido ya diversos recursos de casación sobre la materia, en los que (…) parece haber establecido un criterio jurídico de continuidad no exento de fluctuaciones».

Ahondando en diversas resoluciones del Supremo, la Sección Tercera de la Audiencia, que preside la magistrada María Jover, concluye que se «considera por ello amparada constitucional y jurisprudencialmente la exigencia de acreditación de la reiterada situación de desigualdad o de dominio de la mujer en la relación de pareja» para la acreditación de violencia de género. Las sentencias aportadas por la Fiscalía, concluyen, no son suficientes.

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