Saltar al contenido principal
MURCIA

Ley 4/2015, de 3 de marzo, de perros de asistencia para personas con discapacidad.

jueves 5 de marzo de 2015 Fuente: BORM

Enlace BORM

Objeto.

La presente ley tiene por objeto reconocer y garantizar en el ámbito de la Región de Murcia el derecho de acceso, circulación y permanencia en cualquier espacio, establecimiento o medio de transporte de uso público o colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada, a las personas con discapacidad que, para su auxilio y apoyo, precisen de la utilización de un perro de asistencia reconocido.

En consecuencia, es también objeto de esta ley determinar los derechos y obligaciones inherentes al ejercicio de este derecho, establecer los requisitos y condiciones para el reconocimiento, pérdida y suspensión de la condición de perro de asistencia, así como fijar el régimen de infracciones y sanciones aplicable a los incumplimientos de lo dispuesto en esta ley.

DEROGA A

Ley 3/1994, de 26 de julio “De los disminuidos visuales usuarios de perros guía”. (2 página/s – 144.0KB)

Comentarios

Aún no hay comentarios

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

C/ Sargento Ángel Tornel, 1

30009 Murcia

(presencial solo con cita previa) de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h. Tardes cerrado. Horario intensivo.

Redes sociales

Síguenos en

Pago seguro