Otra sentencia obliga a pagar la Dependencia a los herederos
La Comunidad tendrá que abonar 5.300 euros a los familiares de una mujer que falleció sin recibir las prestaciones.
Foto: Manifestación contra los retrasos en los pagos de la Dependencia, en una imagen de archivo. La Verdad.
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberá abonar a sus herederos los 5.300 euros de ayuda a la Dependencia generados por una mujer ya fallecida, según se dispone en una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ).
La sentencia señala que en abril de 2011 los herederos reclamaron el abono de ese derecho, para lo cual aportaron los certificados de defunción y de última voluntad de quien los había generado y el documento bancario donde hacer el ingreso. En mayo de ese mismo año, se les reconoció el derecho a percibir las prestaciones, en atención a la dotación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales que había sido reconocido a la causante.
En marzo de 2013, el peticionario, en nombre de la comunidad hereditaria, presentó un escrito en el que reclamó el abono de la prestación económica que había sido reconocida casi dos años antes. Ahora, el TSJ ha dado la razón a los herederos y ha dicho que la Administración regional deberá abonarles la suma total de 5.342 euros, junto con los intereses legales devengados desde la presentación de la demanda judicial, además de condenar a aquella al pago de las costas.
En el último año, se han registrado varias sentencias que obligan a la Comunidad Autónoma a pagar a las familias de los dependientes fallecidos.
El Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) se comprometió en diciembre pasado al pago de las prestaciones de la Dependencia a 1.189 familias de personas dependientes que, por culpa de los retrasos de la Administración en la tramitación de sus expedientes, murieron antes de llegar a recibir las ayudas a las que tenían derecho.
Los 2.190 expedientes incluidos en el plan de pagos se referían únicamente a dependientes fallecidos antes de julio de 2012 cuyas familias han presentado una solicitud de cobro y se han constituido en comunidad de herederos. Las familias de quienes han muerto después del verano de 2012 han quedado fuera porque una reforma del Gobierno anuló desde esa fecha el derecho al cobro de las ayudas no percibidas por el dependiente.
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